SAN LUIS CTV SA D E C L A R A C I Ó N J U R A D A DNU NRO. 311/2020. ABSTENCIÓN DE CORTE DE SERVICIOS EN CASO DE MORA O FALTA DE PAGO
Completá con tus datos y adjuntá la documentación. Todos los datos son obligatorios
Beneficiario/a de la Asignación Universal por Hijo (AUH). Beneficiario/a de la Asignación por Embarazo. Beneficiario/a de Pensión no Contributivas con ingreso mensual bruto igual o menor de 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles*. Inscripto/a en el Régimen de Monotributo Social. Jubilado/a con remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles*. Pensionado/a con remuneración bruta menor o igual 2 a Salarios Mínimos Vitales y Móviles*. Trabajador en relación de dependencia con remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles*. Monotributista con ingreso anual mensualizado que no supera 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles*. Beneficiario de seguro de desempleo. Electrodependiente beneficiario de la Ley Nro. 27.351. Beneficiario del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley Nro. 26.844).
Adjuntar el o la documentación que acrediten tu situación
Que documentación debo adjuntar?
1- Beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo Documento que acredite el cobro del Beneficio
2- Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil Recibo de cobro del beneficio y verificar si el mismo es o no superior a 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil -a partir del 1 de octubre de 2019, el salario mínimo vital y móvil en la Argentina pasó a ser de $16.875
3- Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social Constancia de AFIP
4- Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles Recibo de cobro del beneficio y verificar si el mismo es o no superior a 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil -a partir del 1 de octubre de 2019, el salario mínimo vital y móvil en la Argentina pasó a ser de $16.875
5- Trabajadores monotributistas inscriptos y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil Constancia de AFIP -Son beneficiados solo las categorías A y B
6- Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo Recibo de cobro del beneficio
7- Electrodependientes, beneficiarios de la Ley Nro. 27.351 Certificado
8- Usuarios incorporados y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley Nro. 26.844) Último recibo oficial de cobro
9- Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza Documentación que acredite el cobro
10- Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), conforme lo dispuesto por la Ley Nro. 25.300 afectadas en la emergencia, según lo establezca la reglamentación Certificado Pyme que acredite condición de micro, pequeña y mediana empresa con la constancia
11- Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) afectadas en la emergencia, según lo establezca la reglamentación Documental pertinente
12- Iinstituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia, según lo establezca la reglamentación Documental pertinente que acredite a su afectación a la emergencia sanitaria
13- Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria Documental pertinente que acredite a su afectación a la emergencia alimentaria
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